Mediante el Decreto 0272 del 17 de marzo del presente año, el gobierno colombiano creó la Bonificación por Navegación para el personal de oficiales, suboficiales e infantes de marina profesionales de la Armada Nacional.
El beneficio se obtendrá a partir del quinto día de navegación en desarrollo de una orden de operaciones y equivaldrá al cinco por ciento (5%) del sueldo básico correspondiente al grado, incrementándose en uno por ciento (1 %) del sueldo básico por cada día adicional de manera ininterrumpida sin que sea posible superar el veinticinco por ciento (25%) del sueldo básico dentro de cada mes.
La disposición de la bonificación que está basada en el desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4 de 1992 y "no constituye, por ningún motivo, factor salarial ni prestacional", lleva las firmas de los ministros de Hacienda y Crédito Público, Germán Ávila Plazas y de Defensa Nacional, Pedro Arnulfo Sánchez Suárez, lo mismo que la directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, Mariela del Socorro Barragán Beltrán.
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