El Tribunal Superior de Bogotá revocó la tutela que obligó al presidente Abelardo De la Espriella y al presidente del Senado, Honorio Henríquez, a disculparse por el acto religioso que se llevó a cabo durante la posesión del mandatario, el pasado 7 de agosto en Cali.
De acuerdo con los magistrados, el evento, que contó con intervenciones de un sacerdote, un pastor y un rabino, además de un apartado musical religioso, no vulneró la libertad de cultos, al considerar que el acto no significó la adhesión a algún credo.
“El Estado no es ateo, agnóstico o indiferente ante los sentimientos religiosos de los colombianos, estableciendo como deber del Poder Público facilitar la participación de las iglesias y confesiones religiosas en la consecución del bien común. Estos mandatos constitucionales y legales son interpretados por la jurisprudencia de la Corte Constitucional como relaciones de cooperación dentro de un marco de igualdad”.
Asimismo, el alto tribunal expresó que sería contradictorio que el juramento presidencial se haga ante Dios y que no se permita realizar una invocación pidiendo su ayuda para el cuatrienio presidencial.
“La exteriorización de su confesión religiosa expresada por el Presidente de la República en el acto de posesión corresponde al ejercicio legítimo de su derecho fundamental a la libertad de culto y expresión, en la medida en que no desbordó los límites previstos en los instrumentos internacionales de derechos humanos”.
Por último, el tribunal se refirió a la expresión “¡Viva Cristo Rey!”, indicando que puede ser interpretada como un propósito para resaltar el coraje para defender valores y principios.
Con esta decisión, queda revocada la orden de la Sala Quinta de Decisión Laboral del Tribunal Superior de Bogotá. Sin embargo, el expediente podría ser revisado por la Corte Constitucional, que podría emitir un fallo más amplio.
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